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Modo: Corpus Pro

Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos

Artículo 15

Ordenamiento: Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-10-07

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 15. - PROHIBICIÓN DE USAR SOBRENOMBRES EN ACTOS

JURÍDICOS CIVILES. No se permitirá el empleo de un sobrenombre en la

celebración de los actos jurídicos civiles. Su contravención producirá la nulidad

relativa del acto.

CAPÍTULO V

DE LA NACIONALIDAD

Fuente oficial: consultar publicación

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