Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
Artículo 33 Decies
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 33 Decies.- El personal comisionado, de acuerdo con el artículo 18 de la Ley, podrá presentarse a los concursos de ascenso, siempre y cuando cumpla con los requisitos que para tal efecto señalan la Ley y el Reglamento.
Artículo adicionado DOF 02-11-2018
CAPÍTULO III
Del Desempeño de los Miembros del Servicio Exterior
Capítulo adicionado DOF 02-11-2018
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MILITARES. COMISIONES NO AJENAS AL SERVICIO. (s/clave)
- MILITARES. ASCENSOS. (s/clave)
- MILITARES, DERECHOS ADQUIRIDOS POR LOS. (s/clave)
- MILITARES. ASCENSOS A LOS. (s/clave)
- MILITARES, ASCENSOS A LOS. (s/clave)
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