Corpus
Modo: Corpus Pro

ORDEN BENEFICIO DE, CUANDO NACE EL DERECHO DEL ACREEDOR PARA DEMANDAR AL FIADOR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

Clave: II. 1o. C. T. 198 C · Registro digital (IUS): 210563 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 377

El actor antes de demandar al fiador o de continuar la demanda formulada contra éste, debe haber demandado y concluido el juicio contra el deudor principal, y si hecho esto no le fuera posible cobrarle, entonces nace su derecho para demandar al fiador.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/210563-deee9d1f/orden-beneficio-de-cuando-nace-el-derecho-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 617/94. Zahide Castillo Aranda. 4 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretaria: Gloria Burgos Ortega.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.