DESPIDO JUSTIFICADO CUANDO SE COMPRUEBA UNA DE LAS CAUSAS DE RESCISION ADUCIDAS POR EL PATRON.
Cuando el trabajador haya incurrido en alguna de las causas de rescisión establecidas por el artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo, basta comprobar una sola de las dichas causas de rescisión, aunque no se comprueben otras que también hayan sido opuestas como excepciones por el patrón, para que se considere rescindido el contrato de trabajo legalmente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/244786-abb87c7a/despido-justificado-cuando-se-comprueba-una-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2782/70. Marcos López Cabrera. 24 de septiembre de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alberto Orozco Romero. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
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