DIVORCIO, ALIMENTOS NO MINISTRADOS COMO CAUSAL DE.
Cuando se solicita el divorcio por falta de ministración de alimentos, debe acreditarse que, con anterioridad al ejercicio de la acción, la actora promovió el juicio o procedimiento idóneo para asegurar los alimentos y que no logró hacerlos efectivos; o bien, dicha actora debe expresar en la demanda de divorcio, que no promovió el citado procedimiento por carecer el demandado de bienes o trabajo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/249760-0301a2f4/divorcio-alimentos-no-ministrados-como-causal-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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