Corpus
Modo: Corpus Pro

COMPETENCIA NEGATIVA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 257707 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CVII, Primera Parte; Pág. 27

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia está facultado por los artículos 35 y 106 constitucionales, para dirimir las competencias negativas, que son aquéllas en que no hay controversia competencial planteada por un tribunal frente a otro, sino la simple abstención de ambos tribunales para conocer de un negocio, pues el problema competencial consiste en la indeterminación del Juez competente, y puede presentarse con o sin controversia entre los tribunales que hayan intervenido; de ahí que la facultad de la Suprema Corte de Justicia, como autoridad dirimente, abarque todo caso en que sea necesario determinar el tribunal que deba conocer de un negocio, o que la pretensión de derecho no es deducible ante ninguno.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/257707-bb529d6c/competencia-negativa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Competencia civil 65/63. Suscitada entre el Juez Sexto de lo Civil del Distrito Judicial de la Ciudad de México y el Juez Primero de Distrito del Distrito Federal en Materia Civil. 3 de mayo de 1966. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente José Rivera Pérez Campos.

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