CONDENA CONDICIONAL, IMPROCEDENCIA DE LA.
No procede el beneficio de la condena condicional, cuando no obstante que la pena impuesta no exceda de dos años, el quejoso no aporte ninguna prueba para demostrar su buena conducta anterior.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260308-d532336e/condena-condicional-improcedencia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3289/54. Manuel Espinosa Pérez. 5 de abril de 1962. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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