CONTRABANDO.
Si el reo, utilizando una factura apócrifa, internó al país mercancías de manufactura extranjera, la cual se describe en los manifiestos americanos de exportación, de tal manera que al hacerse el cotejo de la documentación aduanal respecto de la mercancía que iba a ser embarcada, resultó que los efectos comisados eran distintos de los que fueron declarados en la factura y en los manifiestos de exportación, de aquí se sigue que la autoridad responsable procedió legalmente al tener por configurado el delito de contrabando, habida cuenta de que existió violación intencional a las leyes aduanales, al omitirse el pago de los impuestos arancelarios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264707-aea2b258/contrabando · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CONTRABANDO. (s/clave)
- CONTRABANDO. (s/clave)
- CONTRABANDO. (s/clave)
- CONTRABANDO. (s/clave)
- CONTRABANDO. (s/clave)
- CONTRABANDO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis