MARCAS, REGISTRO DE. PALABRAS EXTRANJERAS INCORPORADAS A NUESTRO IDIOMA.
No es contrario a lo que previene el artículo 105, fracción XI, de la Ley de la Propiedad Industrial, el registro de aquellas que contienen vocablos que, por su profundo y antiguo arraigo en nuestro idioma castellano, forman ya parte del torrente vivo del mismo, han sido aceptados oficialmente por las academias de la lengua, figuran en sus diccionarios y gozan de indiscutible y plena carta de ciudadanía.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/266882-4cfe0219/marcas-registro-de-palabras-extranjeras-incorporadas-a-nuestro · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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