CONTRATOS, REVOCABILIDAD DE LOS DOCUMENTOS DE QUE CONSTAN.
Si un documento significa una constancia de voluntad de las partes, fehaciente e indubitable, y en el mismo se expresa que las escrituras correspondientes se otorgarían en un determinado plazo, el acto en que consta tal documento no puede considerarse como revocable.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/271561-56acc1b0/contratos-revocabilidad-de-los-documentos-de-que-constan · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2978/57. Vicente O. González. 29 de febrero de 1960. Cinco votos. Ponente: José López Lira.
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