TESTAMENTOS CERRADOS, FORMALIDADES EN LOS.
La validez de la voluntad manifestada en el testamento cerrado, se hace depender de la escrupulosa observancia de las formalidades que la ley señala, y la falta de cualquiera de ellas se sanciona con la privación de efectos de esa voluntad, o sea con la nulidad del testamento, por lo que es inadmisible que debe atenderse más a la sustancialidad de la disposición testamentaria que a las formalidades externas del documento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/272558-1ef94812/testamentos-cerrados-formalidades-en-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3082/57. Sucesión de Dolores Llera Guzmán. 2 de julio de 1958. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
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