MANDATO Y NO CONTRATO DE TRABAJO. COMPETENCIA.
Si en el texto de la demanda laboral se expresa, por parte del actor, que para realizar sus funciones, se le otorgó poder por parte del gerente de la empresa, se está forzosa y necesariamente ante una situación prevista por la legislación civil y de manera alguna puede derivarse que esas funciones sigan dentro de la esfera laboral, supuesto que no se reúnen los requisitos que para el efecto señala el artículo 17 de la Ley Federal del Trabajo y por lo tanto la competencia que surja al respecto, debe fincarse en favor del juez civil.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277976-b26a0c40/mandato-y-no-contrato-de-trabajo-competencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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