Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

DESPOBLADO, CONCEPTO DE, PARA LA APLICACION DE LA LEY DE 7 DE OCTUBRE DE 1943.

Clave: — · Registro digital (IUS): 278839 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 529

Conforme al artículo 2o., último párrafo, de la ley que se cita, debe considerarse como despoblado el lugar en donde ocurrieron los hechos delictuosos, si se encuentra a unos seis kilómetros del pueblo más próximo, y si se compone de casas aisladas que, por estar a distancia considerable unas de otras, hacen imposible que se preste auxilio a los asaltados, tanto más, si los delincuentes se aprovecharon de una festividad que dio lugar a la ausencia de la mayor parte de los habitantes del caserío.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/278839-b31973f7/despoblado-concepto-de-para-la-aplicacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Competencia 127/44. Suscitada entre los Jueces de Distrito en el Estado de Durango y de Primera Instancia de Cuencamé, del mismo Estado. 24 de julio de 1945. Unanimidad de dieciocho votos en cuanto a la parte resolutiva, mayoría de diecisiete votos en cuanto a los fundamentos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis