COMPETENCIA EN MATERIA PENAL.
Es Juez competente para conocer de un proceso, el del lugar donde el delito se comete, y los Jueces de Distrito en Materia Penal del Distrito Federal, conocerán de los delitos contra un funcionario o empleado federal, en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, y si aparece que el funcionario perdió la vida en una reyerta callejera, fuera del ejercicio de sus funciones, no obsta que la Oficina Federal de Hacienda respectiva, haya designado al occiso para que desempeñara el servicio de vigilancia, en la noche en que tuviera verificativo los hechos, si el delito no se cometió estando precisamente en ejercicio de sus funciones, ni con motivo de ellas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/278956-79ead812/competencia-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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