TRABAJO.
El artículo 11, transitorio, de la Constitución, mandó que se pusieran en vigor, en toda la República las bases establecidas por la Carta Federal, sobre los problemas agrario y obrero, entretanto el Congreso General y los de los Estados, legislan sobre estas materias, de suerte que la falta de reglamentación del artículo 123 constitucional no es obstáculo para que se apliquen las bases contenidas en él; y sólo puede alegarse la violación de alguna garantía individual, cuando se demuestre que el acto que motive el amparo, se aparta de lo establecido en esas bases.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281673-ea702fee/trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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