Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

QUIEBRAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 281836 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1541

Si bien la ley manda acumular al de quiebra, todos los juicios pendientes contra el fallido, debe entenderse que se refiere a aquéllos en que se reclama al deudor el cumplimiento de una obligación personal, de la que responde con sus propios bienes; pero no comprende a los juicios en que se reclama una prestación que el fallido debe satisfacer, no con sus bienes, sino con aquéllos que tenía en virtud de algún contrato, que no le transfirió el dominio y la devolución de los cuales se le reclama; del mismo modo que se exceptúan de acumulación los juicios en que se ejercita una acción real como la hipoteca, la prenda o el usufructo. El fallido conserva el dominio pleno y la administración de los bienes que no son susceptibles de embargo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281836-75717179/quiebras · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil en revisión 2483/26. Torre y Goríbar Isidoro de la. 24 de diciembre de 1927. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Salvador Urbina, Gustavo A. Vicencio y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis