DOTACION DE TIERRAS.
Si bien es verdad que el presidente de la República es la única autoridad competente para fijar la extensión de las dotaciones, esto no quiere decir que esté facultado para fijarla arbitrariamente, toda vez que la Ley Agraria y el artículo 27 constitucional, mandan que se den a los pueblos las tierras que necesiten; es decir, que la medida de esa necesidad, debe ser el límite de la dotación; por lo que si se da a los pueblos mayor extensión de la que necesitan, se violan, indudablemente, las disposiciones legales antes mencionadas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283956-ad35f0a2/dotacion-de-tierras · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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