AMPARO DIRECTO.
A la demanda relativa deben acompañarse las copias prevenidas por la fracción 7a. del artículo 107 constitucional, so pena de que se tenga aquella por no interpuesta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289521-f5f0d85d/amparo-directo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. González Anselmo. 14 de enero de 1919. Resolutor: Enrique M. de los Ríos.
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