ENCUBRIMIENTO, DELITO DE.
Si el reo confeso que en tres ocasiones anteriores tuvo dificultades en virtud de que adquirió objetos sin que los vendedores acreditaran su legal adquisición, y que por ello intervino la oficina de comisiones de seguridad, y si consta que la última adquisición que hizo el reo de la cosa robada por otra persona la efectuó sin tomar precauciones para cerciorarse de su legítima procedencia, se cumple la situación a que se refiere el artículo 400, fracción II, reformado, del Código Penal, para establecerse que su conducta tipificó el delito de encubrimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295574-1b27528a/encubrimiento-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ENCUBRIMIENTO, DELITO DE. (s/clave)
- ENCUBRIMIENTO, DELITO DE. (s/clave)
- ENCUBRIMIENTO, DELITO DE. (s/clave)
- ENCUBRIMIENTO. SI EL OBJETO QUE SE ADQUIERE, SIN CERCIORARSE DE SU LEGITIMA PROCEDENCIA, RESULTA PRODUCTO DE UN FRAUDE O DE OTRO DELITO, NO SE COLMA EL TIPO DE DELITO DE. (s/clave)
- ENCUBRIMIENTO. COMPRA DE OBJETOS ROBADOS. (s/clave)
- ENCUBRIMIENTO, DELITO DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis