CONCLUSIONES DEL MINISTERIO PUBLICO. NO OBLIGAN AL JUEZ.
Si en las conclusiones del Ministerio Público se considera que el quejoso mató a la víctima en una forma imprudente, y tanto el Juez de Primera Instancia como el Tribunal responsable lo condenaron por homicidio simple voluntario, rebasando la petición del Ministerio Público, este hecho no implica que se haya desobedecido la antigua jurisprudencia de la Suprema Corte pues contra ella se produjo la tesis mayoritaria de esta Primera Sala sustentando, en síntesis, que el Juez no debe subordinarse a la opinión de una de las partes, como lo es el Ministerio Público.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/298546-bf589718/conclusiones-del-ministerio-publico-no-obligan-al-juez · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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