CHEQUES LIBRADOS SIN FONDOS (FRAUDE).
Aparecen satisfechos los requisitos que contengan la especie delictiva establecida por el artículo 193 de la Ley de Títulos y de Operaciones de Crédito, si el librador expidió el cheque de pago inmediato, a sabiendas de que carecía de fondos para que fuera cubierto ese pago.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303884-32d4035b/cheques-librados-sin-fondos-fraude · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 8901/45. Hernández de la Fuente Hermenegildo. 10 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Disidente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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