CONDENA CONDICIONAL.
No se surten todos los requisitos que establece el artículo 90 del Código Penal del Distrito, para conceder la condicionalidad de la pena, si lejos de acreditarse la buena conducta anterior del reo, resulta que ingresó anteriormente a la penitenciaría, por diverso delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304385-62276fe6/condena-condicional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 6383/45. Jasso González Ignacio. 14 de enero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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