RETRACTACION DEL ACUSADO.
Si ante una autoridad judicial el acusado se retracta de la confesión rendida ante la Policía Judicial, alegando que se le arrancó por la tortura, mediante toques eléctricos que le dieron, si no hay prueba alguna de esta afirmación y reconocimiento médicos que se le practicó al día siguiente de haber declarado ante la Policía Judicial, establece que no presentaba ninguna lesión que indicara la comisión de un delito y por otra parte, en su misma retractación admite haberse encontrado en el lugar inmediato a donde se efectuó el delito de asalto, tal retractación no invalida la confesión primitiva y es de concluirse que la responsabilidad penal del quejoso está plenamente demostrada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/306597-def07d57/retractacion-del-acusado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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