MIEDO GRAVE COMO EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD PENAL.
Para que opere la excluyente de miedo grave en el agente activo del delito, se requiere que se encuentre bajo la impresión de la inminencia de una agresión en su contra, que por las circunstancias especiales en que está colocado, le haga presumir que corre peligro su vida, y que la reacción única de su parte para evitarla, sea la de atacar a su agresor, en forma rápida y violenta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307107-15cceff7/miedo-grave-como-excluyente-de-responsabilidad-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5874/43. Escamilla Chávez Hermelinda. 20 de octubre de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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