FRAUDE POR SEÑALAR BIENES AJENOS PARA LA TRABA DE EMBARGO.
Incuestionablemente existen los elementos constitutivos del delito de fraude a que aluden las fracciones III y X del artículo 386 del Código Penal del Distrito, si el quejoso simuló un acto judicial, con objeto de hacerse embargar un bien que no le pertenecía, ya que su precio le había sido pagado por otro, obteniendo así un beneficio indebido con perjuicio del comprador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307176-e7b23c64/fraude-por-senalar-bienes-ajenos-para-la-traba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5941/43. Torres Cruces Raymundo. 17 de noviembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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