ABUSO DE CONFIANZA DE LOS CAJEROS.
No obsta para establecer que un cajero ha cometido el delito de abuso de confianza, la alegación de la defensa, en el sentido de que no se le entregó materialmente al acusado, la cantidad faltante, pues es evidente que tal requisito se surtía desde el momento en que el acusado tenía el carácter permanente de cajero y recibía, por este motivo, la tenencia precaria de los fondos puestos bajo su guarda y responsabilidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307427-6842335b/abuso-de-confianza-de-los-cajeros · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3814/40. Robelo Alberto M. 2 de abril de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- ABUSO DE CONFIANZA DE LOS CAJEROS. (s/clave)
- ABUSO DE CONFIANZA DE LOS EMPLEADOS. (s/clave)
- ABUSO DE CONFIANZA. (s/clave)
- ABUSO DE CONFIANZA. EMPLEADOS BANCARIOS. (s/clave)
- ABUSO DE CONFIANZA Y FRAUDE (SU DIFERENCIACION) (LEGISLACION DE AGUASCALIENTES). (s/clave)
- ABUSO DE CONFIANZA (DEPOSITARIOS). (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis