Corpus
Modo: Corpus Pro

ROBO EN LUGAR CERRADO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 307967 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 10

No puede estimarse como lugar cerrado, para los efectos de calificar el robo, todo el que materialmente está cerrado, sino únicamente "el terreno que no tenga comunicación con un edificio ni esté dentro del recinto de éste, y que para impedir la entrada haya sido rodeado de fosos, enrejado, tapia o cerca, aunque éstas sean de piedra suelta, madera, arbustos, magueyes, órganos, espinas, ramas secas, o cualquiera otra materia", pero no cuando es parte integrante de la habitación.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307967-ef1c3a3d/robo-en-lugar-cerrado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 5219/42. Parra Salvador. 1o. de octubre de 1942. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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