COMPETENCIA EN MATERIA PENAL.
Si se suscita competencia entre dos Jueces de distinto fuero, y el federal acepta las razones expuestas por el Juez común para no estimarse competente, es incuestionable que queda surtida la competencia del Juez Federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/308444-3434e4ce/competencia-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2994/42. Zepeda Senon y coag. 28 de septiembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Ángeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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