Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

SUSPENSION EN MATERIA PENAL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 308592 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 2975

La Suprema Corte, en diversas ejecutorias, ha admitido el criterio de que cuando se reclama una medida que afecta la libertad personal, la suspensión debe concederse para el efecto único de que el interesado quede a disposición del Juez de Distrito respectivo, sin perjuicio de que continúe el procedimiento penal; estimando que en todo caso procede ese beneficio, tanto porque el artículo 136 de la Ley de Amparo no establece distinción alguna, cuanto porque el espíritu de ese precepto es proteger y salvaguardar al acusado, de todo acto que tienda a restringir su libertad y además proteger su persona, para lo cual debe quedar a disposición del Juez Federal, sin que deban tenerse en cuenta el carácter práctico de la suspensión ni la gravedad de la pena, ni la importancia del delito que se atribuya al quejoso.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/308592-0df1dbc3/suspension-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 1795/42. Huerta Clemente. 2 de mayo de 1942. Mayoría de tres votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. Disidente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis