AUTO DE FORMAL PRISION.
La citación en el auto de formal prisión, de los conceptos vertidos por los testigos de cargo, es bastante para comprobar la presunta responsabilidad de aquel en contra de quien se dictó, sin que pueda alegarse que por no haberse enviado las copias de tales declaraciones deben éstas desestimarse, ya que su contenido se conoce a través del propio auto de formal prisión que hace prueba, a menos de que se establezca la falsedad o alteración de la transcripción del mismo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309257-23e1eb6d/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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