ARMA DE FUEGO, DISPARO DE, CUANDO VA ACOMPAÑADO DE OTRO DELITO
Si el delito de disparo de arma de fuego previsto y penado por el Código Penal vigente en el Distrito Federal, va acompañado de lesiones, no existe razón para dejar impune el delito de disparo de arma de fuego, que se sanciona en razón de la potencialidad dañosa que demuestra el agente, con abstracción del daño resultante, que, a su vez, puede integrar otro delito autónomo. La única excepción que ha establecido la Suprema Corte en su jurisprudencia, es para aquellos casos en que ocasiona la muerte, pues entonces ese delito se castiga con abstracción del disparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309857-c2112792/arma-de-fuego-disparo-de-cuando-va-acompanado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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