FALSEDAD EN DECLARACIONES JUDICIALES, PARA QUE EXISTA, NO ES NECESARIO QUE HAYA DECISION EN EL PROCESO, SOBRE FALSEDAD DEL DOCUMENTO, BASE DE LA ACCION.
No hay ninguna disposición legal alguna que supedite la resolución de un proceso por falsedad en declaraciones judiciales, a la decisión previa del proceso que se instruye a noción del acusado, por falsedad del documento base de la acción, y aun cuando pudieran dictarse sentencias contradictorias, cada uno de dichos delitos tiene su autonomía y sus propios y especiales elementos que los distinguen. Por otra parte, no es un elemento del delito de falsedad en declaraciones judiciales, que la legitimidad de la obligación deba decidirse previamente por la jurisdicción civil, porque la penal tiene plenas facultades para los fines procesales, de estimar la naturaleza y legitimidad de la obligación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309895-ba0224bc/falsedad-en-declaraciones-judiciales-para-que-exista-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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