COACUSADO, VALOR DEL DICHO DEL.
Si varios individuos son aprehendidos como presuntos responsables de delito de homicidio, y el auto de formal prisión se dicta sólo contra uno de ellos, y otros quedan en absoluta libertad, el dicho de los últimos no tiene el carácter del de un coacusado, puesto que contra ellos ninguna acusación formuló el Ministerio Público y no tienen interés en apartar de ellos responsabilidad alguna, para hacerla recaer en el acusado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310762-5e09c539/coacusado-valor-del-dicho-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1799/37. Jiménez J. Cruz. 1o. de diciembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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