DEFICIENCIA DE LA QUEJA, LA SUPREMA CORTE PUEDE SUPLIRLA EN MATERIA PENAL.
De acuerdo con el párrafo segundo de la fracción II del artículo 107 constitucional y 93 de la Ley de Amparo, la Suprema Corte de Justicia puede suplir la deficiencia de la queja, tratándose de un amparo directo en materia penal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/312349-abd2ce48/deficiencia-de-la-queja-la-suprema-corte-puede · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 406/34. Servín de la Mora Juventino. 11 de septiembre de 1935. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hermilo López Sánchez y Rodolfo Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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