ORDEN DE APREHENSION, REQUISITO PARA SU PROCEDENCIA.
El artículo 16 de la Constitución Federal, no requiere la comprobación del cuerpo del delito, para la procedencia de un mandamiento de aprehensión, puesto que sólo exige que proceda denuncia, acusación o querella de un hecho determinado que la ley castiga con pena corporal y que estén apoyadas aquéllas, por declaración, bajo protesta, de persona digna de fe, o por datos que hagan probable la responsabilidad del acusado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/312506-362b5131/orden-de-aprehension-requisito-para-su-procedencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 1727/34. Sánchez Juan J. 17 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del Ponente.
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