SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE, PROCEDENCIA DEL RECURSO DE REVISION EN LOS INCIDENTES DE.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, ha establecido la tesis de que, los autos, providencias o resoluciones pronunciadas por los Jueces de Distrito, en los casos previstos por el artículo 63 de la Ley de Amparo, es decir, en los incidentes de suspensión por causa superveniente, admiten el recurso de revisión, atento lo prevenido en el artículo 65 de la propia ley; en consecuencia, las resoluciones de esa naturaleza deben ser combatidas por medio del recurso citado, y no en la vía de queja.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/312838-8e245160/suspension-por-causa-superveniente-procedencia-del-recurso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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