CONFESION DEL ACUSADO (LEGISLACION DE CHIHUAHUA).
Según los artículos 446 y 447 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua, confesión judicial es la que se hace ante Juez competente, y extrajudicial, la prestada ante autoridad judicial incompetente en un acto en que ésta hubiere intervenido legalmente. La confesión judicial constituye prueba plena, al tenor del artículo 550 del invocado ordenamiento, a diferencia de la confesión extra judicial, que únicamente engendra una presunción con arreglo a la fracción IV del artículo 530 de la misma ley, y es inconstitucional, por lo mismo, darle el carácter de prueba plena.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/313284-67d0f9e8/confesion-del-acusado-legislacion-de-chihuahua · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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