Corpus
Modo: Corpus Pro

COMERCIOS, NOTIFICACION PARA EL RETIRO DE LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 316911 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2765

El agravio que se hace consistir en que no es verdad que el quejoso no hubiese sido notificado del acto reclamado, puesto que en su misma demanda de amparo expresa que desde determinada fecha el jefe del Departamento de Mercados le hizo saber tal determinación, debe declararse inoperante, porque aun cuando el quejoso reconozca haber hablado con dicho jefe y que éste le dio un plazo que venció el mismo día, para que quitase su establecimiento comercial, debe concluirse que tratándose de asuntos oficiales, la notificación de la resolución constitutiva del acto reclamado debió hacerse por escrito al propio quejoso.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/316911-2696a4d2/comercios-notificacion-para-el-retiro-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 1167/55. Ramírez Romero Moisés. 29 de septiembre de 1955. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.

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