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Modo: Corpus Pro

AUDIENCIA EN EL AMPARO, APLAZAMIENTO DE LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 318830 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 110

Si bien es cierto que el artículo 152 de la Ley de Amparo impone a los Jueces de Distrito la obligación de requerir a las autoridades judiciales, para que expidan a las partes en el juicio de amparo, las copias o documentos que los soliciten, y la de aplazar la audiencia por un término que no exceda de diez días, tal trámite sólo procede en la primera audiencia señalada y no en la diferida.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318830-fb3392de/audiencia-en-el-amparo-aplazamiento-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 737/52. Vázquez Gómez J. Guadalupe. 20 de octubre de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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