AGRAVIOS EN LA REVISION.
Un argumento no puede fundar la revocación del fallo, si no demuestra un derecho, que sean ilegales las consideraciones respectivas en que el mismo se apoya, contenidas en la jurisprudencia de esta Suprema Corte, es decir, si las recurrentes no esgrimen razón alguna en contra de las consideraciones que sostienen ese criterio jurisprudencial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321384-e977e286/agravios-en-la-revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6276/46. Posadas Chávez Zenaida. 7 de octubre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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