EXPROPIACION (LEGISLACION DE VERACRUZ).
Fundada la causa de utilidad pública de una expropiación, de acuerdo con la Ley número 323 del Estado de Veracruz, en la necesidad de construir casas, la utilidad pública no se justifica, si lo expropiado es una construcción, ya que la finalidad requerida está llenada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330291-f517cfdf/expropiacion-legislacion-de-veracruz · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 14651/32. Mejía de León Ricardo. 10 de mayo de 1939. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: José María Truchuelo.
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