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Modo: Corpus Pro

SUCESIONES, LIQUIDACION PROVISIONAL DE LOS IMPUESTOS DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 335299 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2944

El hecho de que una liquidación sea provisional, no faculta a la autoridad fiscal para apreciar, arbitrariamente, los valores fiscales asignados a los bienes que forman al acervo de una sucesión, ni los créditos que aparezcan a favor de la misma, sino que debe tener presente los elementos que aporte el quejoso, o que supla el encargado de formular la liquidación, de acuerdo con los artículos 13 y 15 de la ley del acto.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/335299-6bf59d8a/sucesiones-liquidacion-provisional-de-los-impuestos-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 1148/34. Sucesiones acumuladas de Bolívar Luis y otra. 16 de agosto de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alonso Aznar Mendoza. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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