MEDICINA, EJERCICIO DE LA.
Como la profesión de médico, se reglamenta con la finalidad de mejorar la salubridad social, es claro que toda medida que entorpezca las resoluciones administrativas en esa materia, acarrea perjuicios a la sociedad, por lo que la suspensión contra los autos de las autoridades, tendientes a reglamentar el ejercicio de la medicina, es improcedente, de acuerdo con lo dispuesto en la fracción I, del artículo 55, de la Ley de Amparo, interpretada a contrario sensu.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/335560-43a04eab/medicina-ejercicio-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión 3305/33. Ramírez Tomás. 22 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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