Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

ALIMENTOS, SUSPENSION IMPROCEDENTE TRATANDOSE DE PENSIONES CAIDAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 348404 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 3119

Tratándose del pago de pensiones alimenticias, la suspensión no procede, porque se afectaría el interés general, vinculado estrechamente en que el acreedor alimentista percibe desde luego y sin obstáculo alguno, las pensiones alimenticias a que tiene derecho, por ser esenciales para su subsistencia, y aunque se alegue que por no haberlas hecho efectivas afortunadamente, no tiene ahora necesidad de cobrarlas, esto no es exacto, si no las hizo efectivas por causa de fuerza mayor, en virtud de habérselo impedido ciertas resoluciones judiciales en que se consiguió al deudor alimentista la suspensión, para que no se cobraron desde luego.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/348404-1a5e04f6/alimentos-suspension-improcedente-tratandose-de-pensiones-caidas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 494/46. Turrubiates Hernández Moisés. 30 de marzo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis