NOTIFICACIONES IRREGULARES, CONVALIDACION DE LAS.
La intervención en el procedimiento, del apoderado de una de las partes, convalida la notificación mal hecha a ésta y las actuaciones subsecuentes, de acuerdo con el artículo 77 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, si dicho apoderado tenía reconocida su personalidad en autos, y no reclamo la notificación irregular, al comparecer en el juicio, ya que tal comparecencia presupone el conocimiento de lo actuado con anterioridad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/348559-8aa8d72f/notificaciones-irregulares-convalidacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 10259/44. Rivera Río José. 4 de diciembre de 1945. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hilario Medina y Carlos I. Meléndez. Relator: Agustín Mercado Alarcón.
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