ALIMENTOS, OBLIGACION DE MINISTRARLOS (MUJER CASADA, OBLIGACION DE VIVIR AL LADO DE SU MARIDO).
Sí es cierto que la mujer debe vivir al lado de su marido y que los tribunales pueden eximirla de esa obligación en los casos prescritos por la ley, también lo es que el marido debe ocurrir a los tribunales para exigir de su esposa que pase a vivir a su lado, en el domicilio que afirma haber establecido en determinado lugar, para que el Juez resuelva conforme a derecho; pero esa resolución no puede privar a la esposa de los alimentos necesarios para su subsistencia y la de los hijos habidos en el matrimonio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/348560-edd51e61/alimentos-obligacion-de-ministrarlos-mujer-casada-obligacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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