FIANZA, CANCELACION DE LA.
Habiendo sido amparado el quejoso, no existe impedimento legal para decretar la cancelación de la fianza otorgada, supuesto que no existen daños y perjuicios de los que deba responder.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/348912-07a078c2/fianza-cancelacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 207/43. Covarrubias Ramón y coags. 28 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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