FILIACION, PRUEBA DE LA.
Para que exista la posibilidad legal de acreditar el estado civil y la filiación de una persona con pruebas distintas de las constancias del Registro Civil, es indispensable comprobar que fueron destruidos, rotos o borrados, los registros correspondientes a la época en que se hizo constar el nacimiento del interesado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353800-1d91598b/filiacion-prueba-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 861/41. Contreras Teresa. 6 de mayo de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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