PAGARES, FALTA DE PROTESTO EN LOS.
Ni conforme al Código de Comercio ni a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, el suscriptor de un pagaré puede librarse del pago, alegando que no se protesto dicho documento a su vencimiento y que, por lo mismo, no pudo ser endosado éste.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354241-495388ab/pagares-falta-de-protesto-en-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 5109/36. Gómez Rueda Manuel, sucesión de. 27 de noviembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Agustín Aguirre Garza, no votó en este asunto por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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