REPARACION CONSTITUCIONAL.
El recurso de reparación constitucional no es sino un medio de preparar el juicio de amparo en que ha de resolverse si existen o no las violaciones del procedimiento que se reclaman pero ese medio de preparación del juicio, no puede tener los mismo alcances que éste ya que entonces resultaría innecesaria su tramitación pues si fuera un medio ordinario de revocación contra de toda clase de resoluciones judiciales, resultaría que un medio auxiliar del juicio de amparo, tendría mayores efectos que el mismo juicio, sino las garantías del procedimiento que, para tramitar éste, señala la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354709-4a06c62b/reparacion-constitucional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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